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Robo

 

ARTÍCULO 220. Al que con ánimo de dominio y sin consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo, se apodere de una cosa mueble ajena, (…)

 
Conducta
  • Delito de acción, como se muestra en la imagen el sujeto realiza una conducta de hacer, en el cual le arrebata el bolso a la mujer.

Ausencia de Conducta
 

Vis maior: Como caso hipotético pondremos el caso de una persona que al tratar de escapar de un tsunami se apodera un automóvil que se encontraba ahí con las llaves pegadas, con el fin de escapar.

 

Sonambulismo: Una persona que sufre de sonambulismo, una noche sale de su casa y entra a un supermercado y se apodera de un aparato electrónico.

 

Hipnotismo: Pedro bajo los influjos de hipnotismo se apodera del celular de una de sus compañeras de trabajo. 

Tipicidad

Elementos del delito:

Elemento objetivo: se apodere.

Elemento subjetivo: con ánimo de dominio

Elemento Normativo: sin consentimiento.

 

Es de resultado de daño o material.

Resultado típico: Menoscabo en el patrimonio

 

Medios comisivos: Respecto al artículo 225, los medios comisivos son: violencia física o moral, el uso de armas o objetos peligrosos.

 

Presupuesto: Apoderamiento de cosa ajena.

 

Atipicidad
La atipicidad se prensenta cuando la conducta no encuadra en alguno de los elementos de la descripción del tipo penal. 
 
Como ejemplo expondremos el siguiente caso: Angela mientras caminaba por la calle se percata que un joven que iba frente a ella tira por descuido su celular, Angela se apodera del celular para devolverlo a su dueño. 
Existe un apoderamiento de cosa ajena, pero no existe el animo de dominio. La conducta de Angela no encuadra en el tipo penal descrito.

 

Sujetos y objeto

 

Sujeto activo: cualquier persona

 

Sujeto pasivo: es un delito impersonal, porque el sujeto pasivo puede ser cualquier persona.

 

Objeto material: El bien sujeto a sustracción

 

Antijuridicidad
 

Se presenta cuando la conducta del sujeto activo va en contra de lo establecido por la norma. 

Quien comete el delito de robo, transgrede lo establecido en la norma y vulnera el bien juridico tutelado, en este caso es el patrimonio.

Causas de Justificación

 

  • Estado de necesidad: Por ejemplo cuando una persona roba alimentos, para no morir de hambre.

 

  • El ejercicio de un derecho:  Como caso hipotético expondremos el de una persona que compra un automóvil y se lleva a cabo la transacción, días después llegan a su domicilio unos policias y lo arrestan por cometer el delito de robo, ya que el automóvil es robado y él no lo sabía, el ejercio su derecho como comprador.

 

  • El cumplimiento de un deber.  pondremos el caso de un policía que decomisa maquinarias que eran utilizadas para la producción de drogas, al apoderarse de estas esta cumpliendo con su deber de resguardar evidencias del delito que se cometio.

Culpabilidad

 

 

Este delito es doloso

Inculpabilidad

 

Error invencible. Como ejemplo pondremos el caso de dos personas que tienen el mismo celular, es decir, las caracteristicas de los celulares son indenticas, durante la platica una toma el celular de su amiga, sin percatarse que ella tenía su celular en su bolsa y se apodera del celular de su acompañante erroneamente.

Imputabilidad

 

Serán imputables para el delito de robo las personas que no se encuentren en los siguientes supuestos: 

- Minoría de edad

- Trastorno mental 

- Desarrollo intelectual retardado

Inimputabilidad

 

Caso hipotetico: Marcos tiene 18 años y retraso mental, el día jueves acompañó a su mamá al supermercado, dentro de este le llamo la atencón una pequeña lámpara, así que la tomo y la metio en la bolsa de su sudadera, sin que se diera cuenta su mamá.

¿Es inimputable Marcos?

Punibilidad

 

La pena se determinará de acuerdo al valor del objeto en el mercado.

 

  El Artículo 220 establece las siguientes penas:

  • Prisión de seis meses a dos años y sesenta a ciento cincuenta días multa.

  • Prisión de dos a cuatro años y de ciento cincuenta a cuatrocientos días multa.

  • Prisión de cuatro a diez años y de cuatrocientos o seiscientos días multa.

Excusas Absolutorias
 

No se pondrá sanción alguna cuando el monto de lo robado no exceda de 50 veces el salario mínimo en las fracciones  I, III y IX, del artículo 224 y en los artículos 228 y 229.

 

Clasificación por materia y perseguibilidad

 

  • Duración:  instantáneo

  • Materia: Local y Federal

  • Se persigue de QUERELLA cuando sea cometido por una persona que tenga alguna relación de parentesco u no haya incurrido en ninguna de las agravantes ya mencionadas.

  • Se persigue de OFICIO cuando se hayan configurado agravantes o calificativas.

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