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Fraude

 

ARTÍCULO 230. Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero, (…)

Conducta

Conducta

La conducta en este delito puede ser de ACCIÓN u OMISIÓN.

Ausencia de Conducta

Ausencia de Conducta

Por la naturaleza de este delito no se admite ninguna causa de ausencia de conducta

Tipicidad

Tipicidad

Es de resultado de daño o material. Resultado típico: Menoscabo en el patrimonio Medios comisivos: engaño

Elementos del delito

Elementos del delito

Elemento subjetivo: Engañando o aprovechándose del error Elementos Normativos: Ilícitamente, lucro indebido.

Sujetos

Sujetos

Sujeto Activo: Cualquier persona física o moral. Sujeto Pasivo: Cualquier persona física o moral

Objetos

Objetos

Material: Recae sobre el bien mueble o inmueble. Jurídico: Este objeto recae sobre el patrimonio del sujeto pasivo.

Atipicidad

Atipicidad

Cuando los elementos de la conducta del sujeto activo no se adecuan a los elementos que describe el tipo penal. Por ejemplo: El sujeto activo obtiene lucro indebido del sujeto pasivo pero no mediante engaño. Lo obtiene por medio de despojo

Antijuricidad

Antijuricidad

La antijuridicidad se presenta cuando el sujeto activo viola el precepto legal.

Causas de Justificación

Causas de Justificación

No admite ninguna causa de justificación

Culpabilidad

Culpabilidad

Este delito es DOLOSO

Inculpabilidad

Inculpabilidad

-Error invencible - Temor fundado

Imputabilidad

Imputabilidad

Serán imputables al delito de fraude las personas que no se encuentren en lo siguientes supuestos: - Minoría de edad - Trastorno mental - Desarrollo intelectual retardado

Inimputabilidad

Inimputabilidad

No admite ningún supuesto de inimputabilidad

Punibilidad

Punibilidad

-De veinticinco a setenta y cinco días multa. -Prisión de cuatro meses a dos años seis meses y de setenta y cinco a doscientos días multa. -Prisión de dos años seis meses a cuatro años y de doscientos a quinientos días multa. -Prisión de cuatro a seis años y de quinientos a ochocientos días multa. -Prisión de seis a once años y de ochocientos a mil doscientos días multa. -Cuando el delito se cometa en contra de dos o más personas, se impondrá además las dos terceras partes de las penas.

Clasificación por materia

Clasificación por materia

- Local y federal - Es un delito instantáneo

Clasificación por persiguibilidad

Clasificación por persiguibilidad

- De oficio - De querella

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