Conducta
Se trata de un delito de ACCIÓN
Por ejemplo un anciano es arrojado a la calle por su hija, cuando sale a caminar y cuando regresa, sus pertenencias estan en la puerta del que era su hogar, y junto con ella una nota con una amenza de que no regrese, sino pagará las consecuencias.
Ausencia de conducta
Vis mayor: Como ejemplo expondremos el caso de un señor que es obligado a salir de su casa por un militar, respecto al militar lo obliga a salir de su hogar para salvar su vida, ya que la zona en donde se encuentra es de alto riesgo en temporada de huracanes.
Tipicidad
Es un delito de resultado MATERIAL o DAÑO.
El Resultado tipico es LA PERDIDA DEL PATRIMONIO DE LA VICTIMA
Es un delito DOLOSO
Despojo
ARTÍCULO 237. Se impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de cincuenta a quinientos días multa:
I. Al que de propia autoridad, por medio de violencia física o moral, el engaño o furtivamente, ocupe un inmueble ajeno, haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca;
II. Al que de propia autoridad y haciendo uso de cualquiera de los medios indicados en la fracción anterior o furtivamente, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante; o
III. Al que en los términos de las fracciones anteriores, cometa despojo de aguas.
Atipicidad
Supuesto: Un sujeto se apodera del automovil de Marco por medio de violencia fisica, en este supuesto es atipico respecto a este delito, ya que el automovil es un bien mueble, y la conducta recae en el delito de robo.
Elementos
Elemento Normativo:Bien inmueble, Derecho real, derechos legitimos.
Elementos subjetivos: Engaño, furtivamente
Elemento objetivo: Ocupar un bien inmuble
Sujetos y objetos
Sujeto actvo: Se trata de un delito impersonal, por lo tanto puede ser cualquier persona
Sujeto pasivo: al igual que el sujeto activo puede ser cualquier persona.
Objeto Juridico: El patrimonio de la victima
Objeto material: el inmueble que es ocupado.
Antijuricidad
La antijuridicidad se presenta cuando la conducta realizada por el sujeto activo va en contra de lo establecido en la ley penal.
Causas de Justificación
- Por la naturaleza del delito no se puede presentar ningún supuesto de causas de justificación
Culpabilidad
Inculpabilidad
No se presenta ninguna causa de inculpabilidad
Imputabilidad
Serán imputables las personas que no se encuentren en los siguientes supuestos:
- Minoría de edad
- Transtorno mental
- Desarrollo intelectual retrasado
Inimputabilidad
En este delito no se presenta ningún supuesto de imputabilidad
Punibilidad
- Se impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de cincuenta a quinientos días multa
Autoría y Participación
En este delito puede incurrir un autor intelectual.
Tambien se puede presentar la participación, pues como ya lo vimos se trata de una agravante
Clasificación
Se trata de un delito INSTANTANEO
Materia: LOCAL Y FEDERAL
Perseguibilidad: OFICIO
Excusas Absolutorias
Se presentan en el artículo 248, referente al despojo mencionado en las fracciones I y II, cuando no se haya cometido con violencia fisica o moral y no hayan intervenido dos o más personas, no se impondrá sanción alguna.