Delitos contra la biodiversidad
Fundamento: Código Federal Penal
Artículo 417.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas.
![]() ConductaLa descripción del tipo penal, redacta que se trata de una conducta de acción, ya que las conductas a realizarse son: a) Introducir b) Traficar Esto implica que el sujeto activo realice una conducta posivita, es decir, un hacer. | ![]() Ausencia de ConductaEste tipo penal no admite ningún supuesto de ausencia de conducta | ![]() TipicidadElementos del tipo: a) Elementos objetivos: introduzca, territorio nacional, trafique, recursos forestales, flora, fauna, silvestre, viva, muerta, enfermedad contagiosa, productos, derivados. |
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![]() ObjetosObjeto Jurídico: Es la biodiversidad Objeto Material: Fauna o flora que se afectan | ![]() SujetosSujeto activo: Cualquier persona Sujeto pasivo: La humanidad | ![]() Tipicidad.png |
![]() AntijuridicidadEs antijurídica en razón de que el sujeto activo efectúa una conducta en la que atenta contra el bien jurídico tutelado, en este caso se trata de proteger la biodiversidad nacional. | ![]() Causas de JustificaciónEste delito no admite ningún supuesto de Causa de Justificación | ![]() Culpabilidad |
![]() Inculpabilidad | ![]() ImputabilidadSerán imputables para este delito las personas que no se encuentren en los siguientes supuestos: - Minoría de edad - Miedo grave - Desarrollo intelectual retardado | ![]() Inimputabilidad |
![]() PunibilidadEste tipo penal tiene como penas las siguientes: a) De uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa | ![]() Excusas AbsolutoriasEl código penal no contiene ninguna excusa absolutoria para este delito. | ![]() Clasificación• Consumación: es un delito INSTANTÁNEO •Perseguibilidad: se persigue de OFICIO • Materia: FEDERAL |
![]() Grados de participaciónEste delito admite: a. Autor intelectual b. Autor material c. Encubridor d. Cómplice |
La reciente despenalización del aborto (2008) generó polémica entre la sociadad en general, por las posturas prácticamente radicales que se tenían que tomar al respecto, pues por una parte, habia quienes, inspirados por el respeto a la vida desde el momento de la concepción, reprobaban las reformas, mientras que aquellos que las impulsaban, se apoyaban en un deseo de libertad de decisión para las mujeres.
Artículo 418. Se impondrá pena de seis meses a nueve años de prisión y por equivalente de cien a tres mil días multa, siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas, al que ilícitamente:
I. Desmonte o destruya la vegetación natural;
II. Corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o
III. Cambie el uso del suelo forestal.
La pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más y la pena económica hasta en mil días multa, para el caso en el que las conductas referidas en las fracciones del primer párrafo del presente artículo afecten un área natural protegida.
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